miércoles, 17 de agosto de 2016

Se concluyó el 1er Borrador de la Adecuación del Decreto Fundamental a la Ley 1983

La Falange celebra 79 años adecuando su documentación.

Participará de las elecciones nacionales 2019.

Portada del 1er Borrador.
Camaradas:

Saludamos a Bolivia engrandecida y renovada.

Hemos concluido con la adecuación de nuestro Decreto Fundamental a los Art. 15, 16 y 17 de la Ley 1983.

Presentamos en el 79º aniversario de la fundación del Partido, a la consideración de todos ustedes este 1er Borrador del Proyecto de Adecuación del Decreto Fundamental de Falange Socialista Boliviana a las exigencias de la Ley 1983 o Ley de Partidos Políticos y Agrupaciones Ciudadanas, con la finalidad de cumplir con las exigencias de recuperar la personalidad jurídica del Partido.

Este primer paso hacia la consecución del objetivo de volver a las lides electorales, busca unir a los falangistas en el debate y análisis de esta propuesta.

Con la idea de que sirva para mostrarles como se ha adecuado esta documentación, ademas se ha editado este otro ejemplar viene con su texto redactado en tres colores: negro, rojo y azul.

El texto en color negro es aquel que se ha mantenido del Decreto Fundamental original.

El texto en color rojo que además esta tarjado, es aquel que estando en el Decreto Fundamental original ha sido excluido en este borrador de proyecto de adecuación.

El texto en color azul es aquel que ha sido incorporado al texto del Decreto Fundamental con fines de adecuación del mismo a la Ley 1983.

Aún nos restan cumplir los Art. 8 y 14 de la Ley 1983, que se refieren a:

Artículo 8°.- (Cantidad mínima de militantes) Los Libros de Registro de Militantes deberán acreditar la inscripción de una militancia igual o mayor al dos por ciento (2%) del total de votos válidos en las elecciones presidenciales inmediatamente anteriores.

En ese 2003 se necesitaban solo 55.577 firmas para mantener el registro partidario o recuperarlo, hoy para esto último hacen falta casi el doble, 103.429. Se han realizado los estudios tecnicos y territorales para planificar esta recolección, pronto serán publicados par el conocimiento de todos.

Artículo 14°.- (Programa de gobierno) Todo partido político tiene la obligación de formular un programa de gobierno que contenga sus principales propuestas de gestión pública. Este programa de gobierno debe ser planteado y reformulado para cada elección. La Corte Nacional Electoral registrará y publicará este programa de gobierno, para conocimiento de la población.

Hay que redactar el 2020 – 2025. Se tiene previsto iniciar  a la brevedad posible esta actividad para el cumplimiento del mencionado artículo, para este fin se espera contar con las propuestas de los diferentes sectores del Partido. 

Nuestro agradecimiento a todos los camaradas que participaron de la Concentración Nacional en la red social de Facebook.

Por Bolivia.

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