sábado, 15 de agosto de 2015

Hoy cumplimos 78 años

Falange Socialista Boliviana cumple 78 años

Y los falangistas lo celebramos reunidos en Santa Cruz

Los fundadores de F. S. B. de izquierda a derecha: Hugo Arias Barrera, germán Aguilar Zenteno, Oscar Unzaga de la Vega, Federico Mendoza Morato y Guillermo Kenning Voss.
La Falange Socialista Boliviana (FSB) fue fundada, en la ciudad de Santiago de Chile, el domingo 15 de agosto de 1937 en la calle José Victorino Lastarria Nº 333, en el barrio santiaguino del mismo nombre.

Oscar Unzaga de la Vega, junto a otros cuatro jóvenes universitarios: Guillermo Kenning Voss, Hugo Arias Barrera, Federico Mendoza Morato y Germán Aguilar Zenteno, fueron los fundadores.

Óscar Unzaga de la Vega nació el 19 de abril de 1916 en la ciudad de Cochabamba, fue el tercer hijo del Coronel yungueño Camilo Unzaga y de la dama paceña Doña Rebeca de la Vega, Fue Jefe y fundador de nuestra Falange Socialista Boliviana (FSB).

Unzaga fue poeta, escritor, maestro, historiador y periodista; es el padre de la ideología del nacionalismo y socialismo "bolivianista" y el autor de la tesis del Nuevo Estado Boliviano.

Como estudiante de colegio, sus estudios primarios los realizó en la Escuela Fiscal Crisóstomo Carrillo y se graduó de bachiller en el Colegio Nacional Sucre ambos de Cochabamba, en este siendo estudiante del segundo ciclo fue presidente fundador del Centro de Autoeducación y del Centro Estudiantil.

Quedó huérfano de Padre a sus 15 años y en el mismo establecimiento durante y posteriormente a su bachillerato fue maestro para costear sus estudios, demostrando sus grandes dotes para esta tarea.

Unzaga quedó profundamente impactado por las desventuras y calamidades que sufría el soldado boliviano en la Guerra del Chaco; conflicto que conmocionó y desangró a la sociedad boliviana. La temprana y heroica muerte de su hermano Alberto Unzaga de la Vega, segundo hijo del matrimonio Unzaga - de la Vega, en combate durante esta en 1933, afectó al joven Oscar entonces con tan solo 16 años; el desconocimiento del terreno bélico chaqueño y las carencias de las tropas bolivianas en el campo de batalla; debido a los regímenes conservadores que no supieron interpretar las necesidades políticas, económicas y sociales del País, fueron los detonantes que lo motivaron a seguir la senda que nos trazó con su destino de mártir. Bolivia perdió el territorio en disputa en la guerra y sucumbió ante los desastres económicos y sociales que acarreó el enfrentamiento bélico con Paraguay.

Inició sus estudios de Agronomía en la Universidad de Chile en Santiago de Chile, siendo estudiante universitario en esta casa de estudios fundó el Centro Universitario Boliviano, en la capital chilena en 1937, del cual fue su presidente, y en el que participaban muchos estudiantes bolivianos.

Allí conoció a los otros cuatro fundadores de Falange Socialista Boliviana:

El Ing. Guillermo Kenning Voss, nacido el 11 de agosto de 1917 en Santa Cruz de la Sierra, había salido bachiller en el colegio Nacional Florida, en 1935 y estaba ya en su segundo año en la capital chilena al igual que Unzaga con quien eran compañeros de facultad donde él también se encontraba estudiando Agronomía en la Universidad de Chile. Cuatro días antes del aquel 15 de agosto cumplió veinte años, En la fotografía que se tomaron aquel día nuestros fundadores, Kenning aparece con un habano en la boca, el no fumaba, pero debido a su cumpleaños días antes le habían regalado el puro, y él lo guardó para una ocasión especial y esta solo tardo cuatro días en llegar.

El Dr. German Aguilar Zenteno nacido en La Paz en 1916, participó activamente en la vida política de la Falange Socialista Boliviana, partido que fundó en sus tiempos de estudiante de medicina en Chile. El Dr. Hugo Arias Barrera y el Ing. Federico Mendoza Morato nacidos también en 1916, Mendoza era en ese entonces estudiante de construcciones civiles en la Universidad de Chile y Arias estudiaba medicina en dicha casa de estudios, ambos formaban parte también del Centro Universitario Boliviano fundado por Oscar Unzaga en Santiago de Chile.

Luego de intensas y acaloradas conversaciones al calor de su juventud apasionada e idealista estos estudiantes decidieron fundar un partido que sirva de crisol para una generación deseosa de superación y llena de sueños preñados de un futuro pleno de progreso para Bolivia. El 15 de agosto de 1937 participan de la fundación del partido influidos por la posibilidad de gestar un instrumento de superación permanente para la nación como lo es la Falange Socialista Boliviana.
 
Aquí nació la Falange Socialista Boliviana en 1937, Lastarria 333.
La cita fue en la calle Jose Victorino Lastarria 333, allí vivía Unzaga, el domingo 15 de agosto de 1937, a la misma acudieron los cinco jóvenes mencionados anteriormente y allí en esa casona fundaron para la gloria y el desarrollo de Bolivia al partido más combativo y combatido de su historia: Falange Socialista Boliviana.

Hoy 78 años después el legado debe continuar y queremos festejar este nuevo aniversario junto a todos los falangistas de Bolivia y del mundo, reunidos bajo la razón de los hombres y mujeres libres continuando la senda trazada por la entrega y el sacrificio de quienes cayeron por el ideal falangista a lo largo de nuestra historia, abrazando la muerte para que su ejemplo ilumine el camino de quienes luchan por un mundo mejor.

¡Atrás los que dudan, adelante los que quieren vencer!


Por Bolivia que el futuro nos espera.


*Esta nota ha sido escrita por el Camarada Jhonny Antelo

jueves, 6 de agosto de 2015

Acta de Declaración de Independencia del Alto Perú

ACTA DE DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LAS PROVINCIAS DEL ALTO PERÚ.

(6 de Agosto de 1825)

Acta de la declaración de independencia del Alto Perú.
La Representación Soberana de las provincias del Alto Perú, profundamente penetrada del grandor e inmenso peso de su responsabilidad para con el cielo y con la tierra, en el acto de pronunciar la futura suerte de sus comitentes, despejándose en las aras de la justicia de todo espíritu de parcialidad, interés y miras privadas; habiendo implorado, llena de sumisión y respetuoso ardor, la paternal asistencia del Hacedor santo del orbe, y tranquila en lo íntimo de su conciencia por la buena fe, detención, justicia, moderación y profundas meditaciones que presiden a la presente resolución, declara solemnemente a nombre y absoluto poder de sus dignos representados: Que ha llegado el venturoso día en que los inalterables y ardientes votos del Alto Perú, por emanciparse del poder injusto, opresor y miserable del rey Fernando 7o., mil veces corroborados con la sangre de sus hijos, consten con la solemnidad y autenticidad que, al presente; y que cese para con esta privilegiada región la condición degradante de colonia de la España, junto con toda dependencia, tanto de ella, como de su actual y posteriores monarcas: que en consecuencia, y siendo al mismo tiempo interesante a su dicha, no asociarse a ninguna de las repúblicas vecinas, se erige en un Estado Soberano e independiente de todas las naciones, tanto del viejo como del nuevo mundo; y los departamentos del Alto Perú, firmes y unánimes en esta tan justa y magnánima resolución, protestan a la faz de la tierra entera, que su voluntad irrevocable es gobernarse por sí mismos, y ser regido por la constitución, leyes y autoridades que ellos propios se diesen, y creyesen más conducentes a su futura felicidad en clase de nación, y el sostén inalterable de su santa religión Católica, y de los sacrosantos derechos de honor, vida, libertad, igualdad, propiedad y seguridad, Y para la invariabilidad y firmeza de esta resolución, se ligan, vinculan, y comprometen, por medio de esta representación soberana, a sostenerla tan firme, constante y heroicamente, que en caso necesario sean consagrados con placer a su cumplimiento, defensa e inalterabilidad, la vida misma ton los haberes, y cuanto hay grato para los hombres.

Imprimase y comuníquese a quién corresponda para su publicación y circulación.

Dada en la Sala de sesiones en 6 de agosto de 1825, firmada de nuestra mano, y refrendada por nuestros diputados secretarios.

José Mariana Serrano, presidente, diputado por Charcas; José María Mendizábal, Vicepresidente, diputado por La paz; José Marra de Asín, diputado por La Paz; Miguel José de Cabrera. diputado por Cochabamba: Miguel Casimiro Aparicio, diputado por La Paz; José Miguel Lanza, diputado por La Paz; Fermín Eyzaguirre, diputado por La Paz a Francisco Vidal, diputado por Cochabamba Melchor Daza, diputado por Potosí; Manuel José Calderón, diputado por Potosí; Manuel Antonio Arellano, diputado por Potosí; José Ballivián, diputado por La Paz; José Manuel Pérez, diputado por Cochabamba; Martín Cardón, diputado por La Paz; Juan María Velarde, diputado por La Paz; Francisco M. de Pineda, diputado por La Paz; José Indalecio Calderon y Sanjinés, diputado por La Paz; Casimiro de Olañeta, diputado por Chuquisaca; Manuel Anselmo Tapia, diputado por Potosí; Manuel María Urcullo, diputado por Charcas; Rafael Monje, diputado por La Paz; Eusebio Gutiérrez, diputado por La Paz; Nicolás de Cabrera, diputado por Cochabamba; Manuel Martín, diputado por Potosí; Manuel Mariano Zenteno, diputado por Cochabamba; Dionicio de la Borda, diputado por Cochabamba; Manuel Argote, diputado por Potosí; José Antonio Pallares, diputado por Potosí; José Eustaquio Gareca, diputado por Potosí; José Manuel Támes, diputado por Cochabamba; Pedro Terrazas. diputado por Cochabamba: José María Dalence, diputado por Charcas; Melchor Paz, diputado por Cochabamba, Francisco Palazuelos, diputado por Charcas; Miguel Vargas, diputado por Cochabamba; Antonio Vicente Seoane, diputado por Santa Cruz; Manuel María García diputado por Potosí; Marcos Escudero, diputado por Cochabamba; Mariano Méndez, diputado por Cochabamba: Manuel Cabello, diputado por Cochabamba; José Mariano Enríquez, diputado por Potosí; Isidoro Trujillo, diputado por Potosí; Juan Manuel de Montoya, diputado por Potosí; Ambrosio Mariano Hidalgo, diputado por Charcas; Martiniano Vargas, diputado por Potosí; Vicente Caballero, diputado por Santa Cruz; José Ignacio de Sanjinés, Secretario, diputado por Potosí; Ángel Mariano Moscoso, Secretario, diputado por Charcas.


Obtenido de “Derecho Constitucional Boliviano” de Ciro Félix Trigo.

Decreto del 9 de Febrero de 1825

El Decreto del 9 de Febrero de 1825 es un conjunto de artículos que promulgó el General Antonio José de Sucre. 

Con el fin de llamar a una reunión a todos los representantes de las provincias del Alto Perú, para resolver el destino de tales provincias.

El Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre.
El 1 de febrero de 1825, el Mariscal Sucre había entrado a Puno junto con el Ejército Libertador. Ahí se le unió el doctor Casimiro Olañeta, sobrino del último de los generales realistas del Alto Perú, para darle un mensaje, el de promulgar un decreto con el fin de convocar a asamblea, para definir el futuro de las provincias del Alto Perú.

El 7 de febrero, Sucre llegó a La Paz y dos días después dictó el decreto del 9 de febrero, en el que mandó que una asamblea de diputados del Alto Perú, se reuniese en Oruro y decidiera libremente la suerte de estos territorios.

DECRETO DEL 9 DE FEBRERO DE 1825


Convocatoria a la Asamblea General de Diputados de las Provincias del Alto Perú.



"ANTONIO JOSE DE SUCRE. General en Jefe del Ejército Unido Libertador, etc.,

CONSIDERANDO:

1º Que al pasar el Desaguadero el ejército libertador ha tenido el sólo objeto de redimir las provincias del Alto Perú, de la opresión española, dejándolas en la posesión de sus derechos.

2º Que no correspondiendo al ejército intervenir en los negocios domésticos de estos pueblos, es necesario que las provincias organicen un gobierno, que provea a su conservación, puesto que el ejército ni quiere ni debe regirlas por sus leyes militares, ni tampoco puede abandonarlas a la anarquía y el desorden.

3º Que el antiguo Virreinato de Buenos Aires, a quien ellas pertenecían a tiempo de la revolución de América, carece de un gobierno general que represente completa, legal y legítimamente la autoridad de todas las provincias, y que no hay, por consiguiente, con quien entenderse para el arreglo de ellas.

4º Que este arreglo debe ser el resultado de la deliberación de las provincias y de un convenio entre los congresos del Perú y el que se forme en el Río de la Plata.

5º Que siendo la mayor parte del ejército libertador compuesto de tropas colombianas, no es otra su incumbencia que libertar el país y dejar al pueblo en la plenitud de su soberanía, dando este testimonio de justicia, de generosidad y de nuestros principios.

He venido en decretar y decreto:

1º Las provincias que se han conocido con el nombre del Alto Perú, quedarán dependientes de la primera autoridad del ejército libertador, mientras una Asamblea de diputados de ellas mismas delibere de su suerte.

2º Esta Asamblea se compondrá de los diputados que se eligieren en juntas de parroquias y de provincias.

3º El 12 de marzo próximo se reunirán indispensablemente los ciudadanos de cada parroquia. en el lugar más público, presididos del Alcalde del pueblo y cura párroco y elegirán nominalmente cuatro electores, antecediendo a esta diligencia el nombramiento de dos escrutadores y un secretario.

4º Los votos se escribirán en un libro por el secretario públicamente, y serán firmados por el votante; concluido el acto serán firmadas las relaciones por el presidente, el secretario y los escrutadores.

5º Para ser elector se requiere ser ciudadano en ejercicio, natural o vecino del partido con un año de residencia, y con reputación de honradez y buena conducta.

6º Concluidas las votaciones, que serán en un solo día, se remitirán las listas de cada parroquia a la cabecera del partido, dirigidas, cerradas y selladas, a la municipalidad o al juez civil.

7º El 20 de marzo se reunirán en la cabeza del partido la municipalidad, el juez, el cura y todo ciudadano que guste asistir al acto de abrir las listas de elecciones. Para ello se nombrarán por la municipalidad, o en su defecto por el juez, dos escrutadores y un secretario.

8º Abiertas públicamente las listas de votaciones, y hecho el escrutinio de todas las elecciones de las parroquias, resultarán legítimamente nombrados por el partido los cuatro electores que tengan mayor número de votos; habiendo igualdad de sufragios decidirá la suerte. El jefe civil avisará a los que salgan elegidos y se les entregará como credenciales las listas originales de las votaciones de las parroquias.

9º Los cuatro electores de cada partido se reunirán el 31 de marzo en la capital del departamento, para el nombramiento de diputados.

10º Sobre un cálculo aproximativo de la población habrá un diputado por cada 20 o 25.000 almas; así el departamento de La Paz nombrará a dos diputados por el partido o cantón de Yungas, dos por el de Caupolicán, dos por el de Pacajes, dos por el de Sicasica, dos por el de Omasuyos, dos por el de Larecaja y dos por el de La Paz. El Departamento de Cochabamba tendrá dos diputados por cada uno de los cantones de Cochabamba: Arque. Cliza. Sacaba, Quillacollo, Mizque y la Palca. El Departamento de Chuquisaca dará un diputado por cada uno de los cantones de Chuquisaca: Oruro, Carangas, Paria, Yamparáez, Laguna y Cinti. El Departamento de Potosí nombrará diputados por Potosí, tres por Chayanta, tres por Parco, tres por Chichas, uno por Atacama y otro por Lípez. El departamento de Santa Cruz tendrá un diputado por cada uno de los partidos de Santa Cruz, Mojas, Chiquitos, Cordillera y Valle Grande.

11º Para ser diputado se necesita, ser mayor de veinticinco años; hijo del departamento o vecino de él, con residencia de cuatro años, adicto a la causa de la Independencia, de concepto público y moralidad probada.

12º Verificada la reunión de los electores de los partidos el 31 de marzo, y presididos por el jefe civil, se procederá a nombrar un presidente del seno de la Junta, dos escrutadores y un secretario, y practicado e retirará el jefe civil. En el acto mismo dará cada elector su voto por tantos diputados cuantos corresponden al departamento, escribiéndose públicamente. En el mismo día se hará el escrutinio, y resultarán diputados los que obtengan la pluralidad absoluta de votos; habiendo igualdad decidirá la suerte.

13º Ningún ciudadano puede excusarse de desempeñar el cargo de diputado.

14º La Junta evitará todo cohecho, soborno, o seducción y expulsará de su seno a los que por estas faltas se hiciesen indignos de la confianza del pueblo; todo ciudadano tiene derecho a decir de nulidad, por consiguiente puede usar de él, ante la Junta, debiendo decidirse el juicio antes de disolverse. Disuelta la Junta no ha lugar a instancia alguna.

15º Las credenciales de los diputados serán firmadas por todos los electores, y sus poderes no tendrán otra condición que conformarse al voto libre de los pueblos por medio de la representación general de los diputados.

16º Los partidos cuyas capitales de departamento no estén libres, harán la reunión de sus electores en la cabeza del cantón el mismo 31, de marzo, y nombrarán los diputados que correspondan al partido, bajo las mismas formalidades que en la Junta del departamento; pero si hubieres dos o más partidos libres, se reunirán los electores de ellos en el punto central que elija el presidente del Departamento" para hacer las elecciones. Los partidos que vayan libertándose nombrarán sus diputados' en esa misma forma.

17º Los diputados estarán reunidos en Oruro él 5 de abril, "para que sean examinadas sus credenciales; y si se hallaren presentes las dos terceras partes, es decir, treinta y seis diputados, se celebrará la instalación de la Asamblea general del Alto Perú el 19 de abril.

18º Objeto de la Asamblea General será sancionar un régimen de gobierno provisorio, y decidir sobre la suerte y los destinos de estas provincias, como sea más conveniente a sus intereses y felicidad; y mientras una resolución final, legítima y uniforme, quedarán regidas conforme al artículo primero.

19º Toda intervención de la fuerza armada en las decisiones y resolución de esta Asamblea, hará nulos los actos en que se mezcle el poder militar; con esté fin se procurará que los cuerpos del ejército estén distantes de Oruro.

20º El ejército libertador respetará las deliberaciones de esta Asamblea, con tal que ellas conserven el orden y la unión, concentren el poder y eviten la anarquía.

21º Una copia de este Decreto se remitirá al gobierno del Perú, y a los gobiernos que existen en las provincias del Río de la Plata; protestándoles, que no teniendo el ejército libertador miras ni aspiraciones sobre los pueblos del Alto Perú, el presente Decreto ha sido una medida 'necesaria para salvar su difícil posición respecto de los mismos pueblos.

Dado en el cuartel general de La Paz, a 9 de febrero de 1825.

Firmado:
Antonio José de Sucre.

Por ausencia del Secretario, José María Rey de Castro, Oficial Primero".

Obtenido de “Derecho Constitucional Boliviano”, de Ciro Félix Trigo.

FSB al pueblo de Bolivia.

Mensaje de Falange Socialista Boliviana al pueblo de Bolivia.

En el 190º aniversario de la fundación del país. 

Nuestra gloriosa bandera nacional.
Saludamos a Bolivia engrandecida y renovada.

Hace 190 años ya, que nuestra patria se sacudió del yugo colonial que durante más de tres siglos la había aprisionado, y merced a los nobles e infatigables esfuerzos y sacrificios de héroes de talla sin par, asumió sus destinos ante el mundo y lo hizo con las razones que dan la unidad de los hombres libres.

Combatientes de toda América bajo las órdenes de Bolívar y San Martín desde el norte y el sur del continente habían ido liberando pueblos bajo la égida de la independencia.

El Alto Perú se había constituido en un bastión inexpugnable de la colonia, allí habían fracasado múltiples intentos por alcanzar la liberación de estos pueblos del yugo del colonialismo hispano en medio de cruentas batallas y múltiples ajusticiamientos.

Las rebeliones indígenas, los levantamientos en Sucre, La Paz, Potosí, Oruro, Cochabamba, Santa Cruz, Trinidad y Tarija, las guerrillas y republiquetas independentistas en este territorio, además de la victoria de Andrés de Santa Cruz en Zepita, ya encaminaban el largo proceso de la independencia en el Alto Perú y advertían la conformación de una nueva nación. La Audiencia de Charcas ya estaba preñada de su propia nacionalidad aún antes de que Bolívar y Sucre pisasen su territorio.

Tras las batallas de Junín y Ayacucho, el 6 de agosto y 9 de diciembre 1824, y Tumusla el 1 de abril de 1825, respectivamente, se logró derrotar y expulsar definitivamente del continente americano a las tropas coloniales, derrotados por las fuerzas de Sucre, el último virrey del Perú en la batalla de Ayacucho y la última resistencia realista en Tumusla.

Bolívar fundó con la gloria de su espada y el beneplácito de este pueblo a Bolivia, heredera del territorio charquino y del nombre del Libertador, en un Alto Perú que ya no tenía ninguna dependencia con Lima ya que hacía ya casi medio siglo en ese 1825, que la creación del Virreinato del Río de la Plata hizo que la Audiencia de Charcas pasase a esta nueva zona administrativa en 1776 separándose de esta forma por decisión real del Virreinato del Perú. Y en 1783 cuando se creó  la Real Audiencia de Buenos Aires reemplazando la jurisdicción de Charcas por el sur, quedo esta solo con su jurisdicción norte limitante con el Océano Pacífico, actual territorio boliviano incluyendo sus provincias marítimas arrebatadas por Chile en la Guerra del Pacífico entre 1879 y 1883.

Hoy 190 años después de este momento histórico de nuestra amada patria, y tras 78 años de inclaudicable lucha por los intereses más caros de esta. La Falange Socialista Boliviana se compromete ante ti, pueblo de Bolivia a:

Continuar nuestra vocación falangista de servicio y lucha por la libertad, desarrollo y progreso de los pueblos de Bolivia, propugnando y promoviendo una sociedad democrática avanzada, donde la paz y la justicia social creen el espacio idóneo para el desarrollo de todos y cada uno de los bolivianos en un marco de respeto a los derechos humanos, la alternabilidad en el poder, y la equidad de género. Sin discriminación ni exclusión alguna,

Afirmar que Bolivia es una, y será siempre una. Libre y Democrática.

Defender y promover todas las acciones dentro del marco de las leyes internacionales tendientes a acabar con el enclaustramiento marítimo de Bolivia.

Impulsar la construcción a través del falangismo de:

Una Bolivia solidaria y federal; con instituciones públicas democráticas, sólidas, y transparentes; con la obligación de brindar empleo, salud, educación, vivienda y protección a todos y a cada uno de sus habitantes; que crea en la democracia como un principio esencial de la organización donde la libertad colectiva de Bolivia encuentre en las instituciones del gobierno, el nexo con una historia de afirmación  y respeto, de los derechos fundamentales y de las libertades públicas de la persona y de los pueblos: historia que los hombres y  mujeres falangistas de Bolivia quieren para hacer posible para la construcción de una sociedad democrática avanzada. Ello implica la elección de los cargos, la rotación de los dirigentes, la alternabilidad en el poder, la aceptación de la existencia de tendencias, el respeto a la opinión individual, la crítica y la disidencia consubstanciales de la democracia y de la libertad.

Una Bolivia en la que se respete y aliente la capacidad de decisión de los órganos departamentales, municipales, provinciales, e indígenas en sus propios ámbitos y que a través de estas sus instituciones democráticas, asuman como los principios rectores de su política social y económica: El resguardo de la integridad, e identidad de Bolivia y de sus intereses, la promoción de solidaridad entre todos cuantos integran el pueblo boliviano, y la defensa del derecho de los bolivianos a vivir y a trabajar en el país de acuerdo a su vocación, garantizando y realizando las acciones necesarias para ello, y que estas promuevan la superación de las condiciones económicas, sociales y culturales que determinan la emigración de los bolivianos, y mientras esta subsista, la asistencia a estos para mantener su vinculación con Bolivia, para hacer posible el retorno de los mismos y que estos contribuyan con su trabajo al bienestar colectivo del pueblo de Bolivia.

Una Bolivia que proclame como valores superiores de su vida colectiva: la libertad, la justicia y la igualdad, y manifieste su voluntad de avanzar por una vía de progreso y paz, que asegure una digna calidad de vida para todos los que viven y trabajan en Bolivia, y a los bolivianos que trabajan y viven en el exterior; proponiendo un trabajo coordinado y permanente con los ciudadanos, dándoles una real participación en las decisiones del Estado, permitiendo que el Pueblo sea el efectivo soporte de estas decisiones, mediante la participación organizada de la población en estas, promoviendo las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud, y facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social del país; propiciando la efectiva igualdad del hombre y de la mujer bolivianos, promoviendo la plena incorporación de esta en la vida social y superando, cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política. Promoviendo la equidad de género en la máxima magistratura, es decir que si el candidato de un partido político a presidente es varón, su candidata a vicepresidente deberá ser una mujer, o viceversa.

Una Bolivia qué incluya sin discriminaciones a mujeres, niños, ancianos, indígenas y jóvenes atendiendo a las necesidades de todos y cada uno de ellos; y que promueva el acceso de todos los habitantes de Bolivia a los niveles educativos y culturales, que les permitan su realización personal y social. Afianzando la conciencia de la identidad de Bolivia y de sus pueblos, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos de todos los pueblos bolivianos en toda su riqueza y variedad, potenciando así las peculiaridades y el afianzamiento de la identidad de Bolivia, promoviendo la creación de un eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos. Impulsando el estrechamiento de los vínculos con las naciones limítrofes,  los pueblos de Hispanoamérica y el mundo, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden al Estado y del interés general de los bolivianos.

Una Bolivia productiva, que fortalezca la iniciativa privada, con mayores y mejores alternativas de desarrollo, con mecanismos de apoyo financieros a las pequeñas, medianas y grandes empresas, que promueva la consecución del pleno empleo en todos los sectores de la producción, y la especial garantía de puestos de trabajos para las jóvenes generaciones de habitantes de Bolivia, garantizando el aprovechamiento y la potenciamiento de los recursos económicos de Bolivia, como su agricultura, ganadería, minería, pesca, industria, turismo; promoción de la inversión pública y privada en Bolivia, así como la justa redistribución de la riqueza y la renta.

Una Bolivia donde todos los ciudadanos de Bolivia tengan acceso a la tierra y a la propiedad privada, tanto en las áreas rurales como urbanas; en las primeras se debe priorizar la redistribución de tierras en el marco de procesos legales, que respeten la Función Económica y Social, con la obligación de realizar planes permanentes de titulación de tierras, entendiendo la Reforma Agraria como la transformación,  modernización y desarrollo de las estructuras agrarias y como instrumento de una política de crecimiento, pleno empleo y corrección de los desequilibrios territoriales.

Una Bolivia segura, con sus instituciones militares y policiales éticas, equipadas con la mejor tecnología para la defensa contra toda amenaza a la integridad territorial de Bolivia, sus leyes e intereses, además de la seguridad y la paz de sus habitantes. 

Por Bolivia.

6 de agosto de 2015.

miércoles, 5 de agosto de 2015

Aquí nacimos el 15 de agosto de 1937

En Santiago de Chile en el Barrio Lastarria 

En una casona de la calle del mismo nombre Nº 323.

En esta casa de la calle Lastarria 323 se fundó FSB,
El Barrio Lastarria es un barrio de Santiago de Chile, ubicado en la esquina noreste de la comuna de Santiago, entre Plaza Italia y el cerro Santa Lucía, y la Alameda y el Parque Forestal. El barrio es un activo centro cultural, gastronómico y turístico, y desde el año 1996 es considerado Zona Típica.
La calle Lastarria en pleno barrio del mismo nombre, al fondo se puede ver una casa cubierta de vegetación allí nacio la Falange Socialista Boliviana.
Este pequeño oasis urbano, denominado “Barrio Santa Lucía - Mulato Gil de Castro - Parque Forestal” por el Plano Regulador de la I. Municipalidad de Santiago, reconocido por el consciente colectivo como Barrio Lastarria y Barrio Bellas Artes, tiene su desarrollo urbano a mediados del siglo XIX, con la construcción de la Parroquia de la Vera Cruz, terminada en el año 1857 y algunas familias asentadas alrededor.
Las ferias de libros a la puerta de la casa.
Entre 1872 y 1910, con los trabajos de remodelación del cerro Santa Lucía, la creación del Parque Forestal y la construcción del Palacio Nacional de Bellas Artes, el barrio se consolida como tal, y llegan a vivir en él personajes importantes de la historia chilena, como doña Victoria Subercaseaux, prima y esposa del que fuera intendente de Santiago Benjamín Vicuña Mackenna; Pedro Aguirre Cerda , presidente de Chile entre los años 1938 y 1941, y el escritor y pensador liberal don José Victorino Lastarria. También vivieron en este lugar intelectuales y artistas reconocidos de Chile, como el arquitecto y pintor Nemesio Antúnez, el pintor Camilo Mori, el novelista Luis Orrego Luco, entre otros.
La casa donde nació el partido cubierta de vegetación y rodeada de bares, restaurantes y galerias de arte.
Durante la primera mitad del siglo XX se construyeron edificios y casas de interesantes características morfológicas, proyectadas por renombrados arquitectos de la época como Duhart, Bolton, Larraín Bravo, Prieto Casanova, Ernesto Ried, Luciano Kulczewski, entre otros.. De éste último, se encuentra la que fuera su casa y taller – en calle Estados Unidos –, construida en piedra, hoy declarada Inmueble de Conservación Histórica.
La casa donde nacio FSB y vivió Unzaga en santiago de Chile al fondo cubierta de enredaderas.
Allí vivió en el 323 también Oscar Unzaga de la Vega durante su etapa de estudiante de Agronomía junto a Guillermo Kenning estudiante tambien de la misma carrera y universidad.

Alli en el pequeño departamento que compartian ambos estudiantes fue fundada la Falange Socialista Boliviana en la puerta de la casa con el No 323 de la calle José Victorino Lastarria el domingo 15 de agosto de 1937, por cinco jóvenes universitarios: Hugo Arias, German Aguilar Zenteno, Oscar Unzaga de la Vega, Federico Mendoza y Guillermo Kenning Voss.
La 333 de la calle Jose Victorino Lastarria en Santiago de Chile, allí vivió Unzaga y nació FSB.
Esta casa de la que hablamos tiene una particularidad está totalmente cubierta de enredaderas, lo que le da una imagen por demás de peculiar y pintoresca. Allí se empezó a tejer nuestra gloriosa historia.
Otra vista de la casa pero en otoño.
En los años 1990, el barrio empieza a ser remodelado sin alterar su vida bohemia e intelectual, y a fines de esa década llegan una serie de cafés, bares y centros culturales a intensificar las actividades del sector. Desde esa fecha, como barrio histórico y zona típica, ha logrado conciliar desarrollo con su sello característico.
El bohemio barrio santiaguino donde nació la Falange.
Las estaciones de metro Universidad Católica y Bellas Artes son un acceso directo al Barrio Lastarria.
La casona rodeada de ofertas gastrónomicas.
Por la gran oferta cultural del sector, además de la gastronómica, no es difícil encontrar actividades interconectadas (festivales, circuitos, performances) a través de las calles del barrio; sobre todo en la calle José Victorino Lastarria, a pocos metros de donde se fundó la Falange Socialista Boliviana y el Parque Forestal.
La casa esta al lado de la Plaza Mulato Gil de Castro en Santiago de Chile en pleno barrio de Lastarria.
Como para decir….

Si vas para Santiago de Chile, 
no olvides camarada falangista. 
Pasar por la casa 
de la calle Lastarria 323.
Allí cinco jóvenes 
universitarios bolivianos 
fundaron para la gloria de Bolivia, 
el 15 de agosto de 1937, 
el partido político 
más combativo y combatido
de la historia nacional.

Falange Socialista Boliviana.

Si vas para Santiago de Chile...

Las firmas de nuestros cinco inolvidables fundadores.
No lo olvides camarada falangista…

Nuestros fundadores, de izquierda a derecha: Hugo Arias, Germán Aguilar Zenteno, Óscar Unzaga de la Vega, Federico Mendoza y Guillermo Kenning Voss, aquella mañana del domingo 15 de agosto de 1937, afuera de la casa de la calle Lastarria 333 en Santiago de Chile.

¡Camarada Hugo Arias Barrera!
¡¡¡PRESENTE!!!

¡Camarada Germán Aguilar Zenteno!
¡¡¡PRESENTE!!!

¡Camarada Oscar Unzaga de la Vega!
¡¡¡PRESENTE!!!

¡Camarada Federico Mendoza Morato!
¡¡¡PRESENTE!!!

¡Camarada Guillermo Kenning Voss!
¡¡¡PRESENTE!!!

Esta nota ha sido escrita por el Camarada Jhonny Antelo
Antorcha
15/08/2015

domingo, 2 de agosto de 2015

Acerca de la no extinción de Falange Socialista Boliviana

Falange Socialista Boliviana no es un partido extinto.

Sigue vigente hasta hoy.

El falangismo boliviano esta vigente.
En muchas notas que han aparecido en diferentes medios de comunicación tanto audiovisuales como escritos, a lo largo de estos doce años de ausencia falangista en las lides electorales, se nos menciona como un partido extinto, cosa que no es cierta debido a los atenuantes legales que respaldan nuestra no extinción y vigencia.

A los diecisiete días del mes de Junio de 1999 en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nación se aprobó la Ley 1983 conocida también como ley de partidos políticos, la misma que decía en uno de sus artículos transitorios:

Artículo transitorio 2°.- (Actualización y adecuación del registro partidario) Los partidos políticos con personalidad jurídica y registro, vigentes a la fecha de publicación de la presente ley, deberán reinscribir a sus militantes en sus registros, así como adecuar sus documentos constitutivos de conformidad con los artículos 8°, 14°, 15°, 16°, 17° y 18° de la presente Ley, hasta el 3l de diciembre del año 2001.

Después esta fecha sería modificada por la Ley No. 2268 de 21 de noviembre de 2001 hasta el 30 de junio de 2003 que en decía su art. 3º:

Artículo 3°.- Modificase la Disposición Transitoria Segunda, de la Ley Nº 1983, de Partidos Políticos, ampliando el término previsto para la actualización y adecuación del registro partidario, en los siguientes términos:

“SEGUNDA.- (Actualización y adecuación del registro partidario). Los partidos políticos con personalidad jurídica y registro, vigentes a la fecha de publicación de la presente Ley, deberán reinscribir a sus militantes en sus registros, así como adecuar sus documentos constitutivos de conformidad con los Artículos 8º, 14º, 15º, 16º, 17º y 18º de la presente Ley, hasta el 30 de junio del año 2003.”

El 22 de julio de 2003 nuestro partido fue herido de muerte ante la inacción de quienes desde posiciones jerárquicas del Partido debieron cumplir con lo establecido en la ley.

CORTE NACIONAL ELECTORAL RESOLUCION N° 046/2003 La Paz, julio 22 de 2003 VISTOS:

El informe de Secretaría de Cámara N°61/2003 y demás antecedentes, y CONSIDERANDO:

Que por mandato de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Partidos Políticos, modificada por Ley No. 2268 de 21 de noviembre de 2001, los partidos políticos con personalidad jurídica y registro, vigentes a la fecha de publicación de dicha ley, debían inscribir a sus militantes en sus registros así como adecuar sus documentos constitutivos de conformidad con los Arts. 8, 14, 15, 16, 17 y 18 de la misma ley hasta el 30 de junio del año 2003.

Que según lo previsto por el Art. 44, párrafo V de la Ley de Partidos Políticos, procede la cancelación de la personalidad jurídica y del registro de los partidos políticos o alianzas “por no haber actualizado su registro partidario, inscribiendo a sus militantes de conformidad con los Arts. 8, 14, 15, 16 y 17 de la citada ley”.

Que de conformidad con el Art. 45 de la Ley de Partidos Políticos, la cancelación de la personalidad jurídica y registro debe disponerse mediante Resolución de Sala Plena de la Corte Nacional Electoral por dos tercios de votos del total de sus miembros, debiendo tramitarse de acuerdo con el procedimiento establecido por el Capítulo Undécimo de la Ley de Partidos Políticos, correspondiendo a la Corte proceder de oficio en los casos previstos en los párrafos II, III y V del Art. 44 de la referida Ley.

Que dentro del plazo previsto legalmente, el partido político “FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA” no dio cumplimiento al mandato legal precedentemente señalado, tal como se acredita por el informe N°61/2003 de Secretaría de Cámara y por lo expuesto por los propios representantes de dicho partido en la audiencia pública realizada en la fecha. POR TANTO:

LA SALA PLENA DE LA CORTE NACIONAL ELECTORAL, EN USO DE SUS LEGÍTIMAS ATRIBUCIONES Y EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 45 DE LA LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS; RESUELVE:

Primero: Cancelar la personalidad jurídica del partido político “FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA” y disponer que por Secretaría de Cámara se proceda a la cancelación del registro así como de la nómina de dirigentes y delegados acreditados ante la Corte Nacional Electoral.

Segundo: Instruir a Secretaría General que proceda a la publicación de la presente Resolución tanto en la Gaceta Oficial Electoral como en un medio de prensa de circulación nacional.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Firmado: Dr. Oscar Hassenteufel S., Presidente a.i; Lic. Roxana Ybarnegaray P., Vocal; Dr. Gonzalo Lema V., Vocal; Dra. Natividad Avilés A., Vocal; Dr. Antonio Peres V., Vocal; Dra. Amalia Oporto de Iriarte, Secretaria de Cámara.
Camarada falangista cruceño.
Parecía ser el fin de la Falange Socialista Boliviana, pero...

Artículo 42°.- (Extinción de los partidos) Los Partidos Políticos se extinguen por las siguientes causales:
  1. Por acuerdo del propio partido, de conformidad con su Estatuto Orgánico.
  2. Por fusión con otro partido.
Como ninguna de estas figuras se dio, ya que la cancelación de nuestra personalidad jurídica procedió por el Art. 44º inciso V, no hubo extinción alguna de nuestro partido.

Artículo 44°.- (Cancelación de personalidad y registro) La Corte Nacional Electoral procederá a la cancelación de la personalidad jurídica y del registro de los partidos o de las alianzas por las siguientes causales:
  1. Por la extinción del partido o la alianza.
  2. Por no haber obtenido más del tres por ciento del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron, respetándose el mandato de los representantes nacionales que haya obtenido el partido sancionado.
  3. Por no concurrir a dos elecciones consecutivas, solos o en alianzas.
  4. Por la comprobada participación institucional partidaria en golpes de Estado y sediciones.
  5. Por no haber actualizado su registro partidario, inscribiendo a sus militantes de conformidad con los Artículos 8°, 14°, 15°, 16° y 17° de la presente

De acuerdo a esto la cancelación de la personalidad jurídica de un partido no implica la extinción del mismo. Además de que en nuestra Carta Fundamental no existe esta figura de extinción y era una de las exigencias a adecuar en Nuestra Carta Fundamental de acuerdo al artículo transitorio segundo de la Ley 1983.

Los artículos 1º, 2º inciso I., 3º, y 19º de esta misma Ley también respaldan este análisis.

Artículo 1°.- (Alcance de la ley) La presente ley regula la organización, funcionamiento, reconocimiento, registro y extinción de los partidos políticos; las fusiones y las alianzas que se conformen entre ellos; así como sus relaciones con la sociedad y el Estado.

Artículo 2°.- (Libertad de asociación política)
  1. El Estado boliviano garantiza a todos los ciudadanos, hombres y mujeres, el derecho de asociarse en partidos políticos, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley y los documentos constitutivos de los partidos.
Artículo 3°.- (Partidos políticos) Los partidos políticos son personas jurídicas de derecho público y sin fines de lucro, se constituyen para participar, por medios lícitos y democráticos, en la actividad política de la República, en la conformación de los poderes públicos y en la formación y manifestación de la voluntad popular. 

Se organizan por la asociación voluntaria de ciudadanos que adoptan un conjunto de principios políticos, un estatuto y un programa de acción comunes. 

Adquieren personalidad jurídica por resolución de la Corte Nacional Electoral.

Artículo 19°.- (Deberes de los partidos políticos) Los partidos políticos tienen los siguientes deberes:
  1. Cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes de la República, el estatuto orgánico del partido, los documentos constitutivos y resoluciones que aprobaran de acuerdo con ellos.
Amparados además por los Art. 14º, inciso IV;  24º; y 26º, inciso I. de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 14°.-

IV.                  En el ejercicio de los derechos, nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden, ni a privarse de lo que éstas no prohíban.

Artículo 24°.- Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario.

Artículo 26°.-

II. El derecho a la participación comprende:
    1. La organización con fines de participación política, conforme a la Constitución y a la ley.
Hay que reconocer que hoy pese a la cancelación de su personalidad jurídica doce años atrás, las leyes nos dicen que todavía continúa en plena vigencia nuestra organización partidaria y que podemos reconducir los destinos de la Falange Socialista Boliviana hacia el retorno a las lides electorales.

Este 15 de agosto en Santa Cruz de la Sierra, cumplimos 78 años de vida política, debemos celebrarlos como corresponde cumpliendo con la construcción de la documentación necesaria para alcanzar este objetivo de obtener nuevamente la personalidad jurídica del partido.

Por Bolivia.