lunes, 20 de julio de 2015

Hacia la Gran Concentración Nacional

Camaradas:
Saludamos a Bolivia engrandecida y renovada.
Nuestro fundador y mártir, Oscar Unzaga de la Vega en uno de sus encendidos discursos decía: “Si la Falange no existiese habría que crearla día a día.”
Nuestra gloriosa Falange Socialista Boliviana el año 2003 sufrió la cancelación de su personalidad jurídica ante la entonces Corte Nacional Electoral, hoy Tribunal Supremo Electoral, y lleva doce años intentando organizarse para recuperarla. La falta de unidad nos ha impedido lograr este cometido hasta ahora.
Fundada un 15 de agosto de 1937 en Santiago de Chile por cinco jóvenes universitarios entre los 19 y 21 años: Oscar Unzaga de la Vega, Federico Mendoza, Hugo Arias, Germán Aguilar Zenteno, y Guillermo Kenning Voss. Estos sin imaginarse siquiera en sus noveles pensamientos que aquel día nacía con sus jóvenes decisiones un partido cuya vida política adquiriría dimensiones épicas y míticas. Desde ese instante la Falange Socialista Boliviana ha transitado por la vida política nacional conmoviendo al pueblo boliviano por su entrega sin par en pos del progreso de la patria y de la libertad de sus habitantes.
Centenares de mártires del falangismo boliviano nos reclaman desde su lecho de muerte ese derecho ganado con su sangre inocente y valerosa. La continuidad del partido en el tiempo defendiendo los intereses más caros de Bolivia.
Ese legado de sacrificio y amor a la Patria debe continuar, esas vidas truncadas en la flor de la juventud por el ideal falangista nos los demandan, el sufrimiento de sus familias, sus viudas y sus huérfanos por esa ausencia no puede haber sido en vano. A ellos les corresponde el derecho de no permitir esto y a nosotros nos obliga a continuar la senda trazada por esta juventud heroica a cuya gesta le debemos el prestigio de nuestro nombre.
Este 15 de agosto cumplimos setenta y ocho años de vida política y queremos celebrarlo de una manera muy especial. Unidos todos los falangistas sin distinción alguna, cumpliendo con los requisitos que nos exige la Ley 1983 de partidos políticos y agrupaciones ciudadanas para obtener nuevamente nuestra personalidad jurídica. Y para ello necesitamos adaptar nuestros documentos originales a las exigencias del presente, y no podemos, ni queremos hacerlo sin que estén presentes todos aquellos que a lo largo de estos 78 años han estado participando de los destinos de este gran partido.
Todos están invitados a participar en esta hora crucial del falangismo boliviano, proponiendo ideas, haciendo sentir nuestra voz portando nuestra opinión construyendo juntos el futuro de Falange Socialista Boliviana. Encendiendo esa tea de la libertad, bajo el lema de: Dios, Patria y Hogar.
Hoy el pasado nos lo exige, el presente nos lo reclama y el futuro nos espera.
Por Bolivia.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
GRAN CONCENTRACIÓN NACIONAL 
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA (F. S. B.)
15 Y 16 DE AGOSTO DE 2015
ALAMEDA POTOSÍ Nº 660
SANTA CRUZ DE LA SIERRA - BOLIVIA

El cronograma de actividades de esta Gran Concentración Nacional será el detallado a continuación:
Sábado, 15 de agosto de 2015
08:00 Misa en la Catedral Metropolitana de Santa Cruz de la Sierra.
10:00 Ofrenda Floral Plaza 24 de septiembre de Santa Cruz de la Sierra.
11:00 Ofrenda Floral en el Cementerio Alemán en la tumba del Ing. Guillermo Kenning Voss fundador de Falange Socialista Boliviana e ideologo de este desafío de recuperar la personalidad jurídica de F. S. B. antes de su fallecimiento.
14:30 Recepción, Inscripción y Registro de camaradas participantes.
- Cumplimiento de las disposiciones de los artículos 5 y 6 de la Ley 1983.
ARTÍCULO 5º. (Constitución de los partidos)
I. Los ciudadanos que se propongan fundar un partido político, se reunirán en una asamblea constitutiva de la cual se labrará acta en la que constarán:

1. Los apellidos, nombres, edad, profesión u ocupación, número del documento de identidad y constancia de registro en el Padrón Nacional Electoral de cada uno de los fundadores, si corresponde.
2. La manifestación de la voluntad formal de constituirse en partido político.
3. La manifestación expresa de cada uno de los fundadores de no tener militancia en otro partido.
15:30 Inicio de los debates en la Gran Concentración Nacional de FSB.
- Cumplimiento de las disposiciones de los artículos 5 y 6 de la Ley 1983.
ARTÍCULO 5º. (Constitución de los partidos)
I. Los ciudadanos que se propongan fundar un partido político, se reunirán en una asamblea constitutiva de la cual se labrará acta en la que constarán:
4. El nombre, la sigla, los símbolos y colores que adoptaran y que en ningún caso podrán ser iguales o similares a los legalmente reconocidos a otros partidos.
5. La aprobación de la Declaración de Principios.
6. La aprobación del Estatuto Orgánico.
Cierre de las actividades del día.
Domingo, 16 de agosto de 2015
08: 00 Comienzo de actividades Gran Concentración Nacional.
- Cumplimiento de las disposiciones del art. 5 y 6 de la Ley 1983.
ARTÍCULO 5º. (Constitución de los partidos)
I. Los ciudadanos que se propongan fundar un partido político, se reunirán en una asamblea constitutiva de la cual se labrará acta en la que constarán:
7. El Programa de Gobierno.
13:00 Almuerzo
14:30 Reinicio de Actividades
- Cumplimiento de las disposiciones del art. 5 y 6 de la Ley 1983.
ARTÍCULO 5º. (Constitución de los partidos)
I. Los ciudadanos que se propongan fundar un partido político, se reunirán en una asamblea constitutiva de la cual se labrará acta en la que constarán:
9. Declaración patrimonial del partido político.
10. El domicilio
8. La elección de los miembros de su Dirección Nacional.
Juramento de la Dirección Nacional de Falange Socialista Boliviana para la gestión 2015 – 2016.
- Firma de la documentación a ser presentada junto al memorial de solicitud al Tribunal Supremo Electoral.
II. Esta acta, conjuntamente con los documentos enumerados anteriormente, debe ser protocolizada por Notario de Fe Pública.
- Firma del memorial de solicitud de autorización de registro de militancia.
ARTÍCULO 6º. (Autorización para apertura de Libros de Registro de Militancia)
I. La Dirección Nacional del partido tramitante, mediante memorial, solicitará a la Corte Nacional Electoral autorización para el registro de militancia, acompañando tres testimonios del Acta de Constitución del partido y los documentos enumerados en el ARTÍCULO precedente, señalando:

a) Nombre, sigla, símbolos y colores,
b) Nómina de los miembros de la Dirección Nacional,
c) Domicilio de la institución.
Clausura de la Gran Concentración Nacional.
Lunes, 17 de agosto de 2015
12:00 Viaje de la Comisión Nacional a La Paz.
15:00 Entrega la documentación en La Paz al Tribunal Supremo Electoral.
II. La Corte Nacional Electoral, dentro del plazo máximo de diez días calendario y en vista de los actuados, proveerá el memorial disponiendo:
a) Se subsanen y/o enmienden las observaciones que formule.
b) La publicación del memorial en un medio de prensa de circulación nacional.
III. De no subsanarse las observaciones de la Corte, se ordenará el archivo de obrados, sin que los impetrantes puedan volver a iniciar un trámite de reconocimiento hasta después de un año calendario.
IV. Subsanadas las observaciones o de no haber sido planteadas, la Corte Nacional Electoral dictará resolución motivada autorizando la apertura de los libros y registro de militancia, la divulgación de sus documentos constitutivos y fijando un plazo de ciento ochenta días calendario para que se proceda a la inscripción de militantes en los libros de registro respectivos.

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